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QUÉ SE DICELa corrupción como espectáculo

La corrupción como espectáculo.- Conocida la cuantía y el valor “preliminar” de los bienes bloqueados por la Procuraduría General de la República al senador peledeísta por San Juan Félix Bautista, al que investiga por presunta corrupción, puede anticiparse que los ratings que alcanzará la audiencia que conocerá la petición de la defensa de liberar esos bienes estarán por las nubes. Y es que el juez Frank Soto, de la Suprema Corte de Justicia, rechazó el recurso interpuesto por los abogados del senador y Secretario de Organización del PLD para que se impidiera la presencia de los medios de comunicación, bajo el alegato de que se trata de un asunto que solo debe ser ventilado por las partes envueltas y cuyo conocimiento público afectará los derechos de su defendido. Es evidente que el magistrado Soto tomó la decisión correcta, pues ni el mejor abogado del mundo, que estoy seguro puede pagar Félix Bautista, me va a convencer de que un caso de corrupción pública, en el que están envueltos bienes por un valor superior a los 3 mil millones de pesos, debe ser tratado como un asunto privado, como si fuera un divorcio en malos términos o la repartición de una herencia millonaria de una familia de postín. Son demasiadas las preguntas que se formulan los ciudadanos, los que son peledeístas y los que no lo son, sobre la inmensa fortuna que exhibe el legislador, algunas de las cuales podrían ser respondidas en esa audiencia, bien sea por el propio Bautista o sus abogados. Será, hablando en términos mediáticos, un espectáculo que la población disfrutará por lo que tendrá de inusual y novedoso, aunque nunca faltará quien lo critique, lo encuentre de mal gusto o lo califique, como ocurre siempre, de “persecución política” o de ser parte de una conspiración. Empezando, por supuesto, por Doña Impunidad y la prole numerosa, bastarda y corrupta que se guarece bajo la sombra protectora de su falda, tan amplia como esta media isla.

Acerca de Ciudadanosc3

Somos una organización sin fines de lucro, con el fin primario de cumplir con el deber dispuesto en el numeral 12 del Artículo 75 de la Constitución de la República Dominicana de "Velar por el fortalecimiento y la calidad de la democracia, el respeto del patrimonio público y el ejercicio transparente de la función pública".

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