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¡Aviso a los denunciantes de Maltrato Animal!

A todos los ciudadanos que desde la promulgación de la ley 248-12 sobre Maltrato Animal y Tenencia Responsable en fecha 15 del mes de agosto del año 2012, hasta la fecha, que hayan presentado denuncias por maltrato animal en cualquier fiscalía o cuartel policial de la República Dominicana o de forma directa a la Unidad de Protección Animal (UPA) ahora Departamento de Protección Animal (DPA) de la PGR, y que dichas denuncias no fueran:

1) Atendidas.
2) Procesadas.
3) Fueran objetos de acuerdos en beneficio de los maltratadores de animales permitiendo que quedarán libres.

Y que tengan aún las copias de las denuncias (con las pruebas que tuvieran, como fotos, videos, etc.) y en los casos en que se forzará un acuerdo en beneficio del maltratador, copias de los acuerdo, favor de escanearlas o fotografiarlas de forma en que el documento completo sea claramente legible y enviarlas a la dirección de correo electrónico:

denunciasmaltratord@gmail.com

De haber realizado su denuncia vía correo electrónico, simplemente reenvié dicho correo a la dirección que aparece más arriba.

De haberla realizado vía WhatsApp favor mandar las capturas de pantalla de las mismas como archivos adjuntos vía correo electrónico a la dirección que aparece más arriba.

De igual forma podrán proceder, las personas que realizaron sus denuncias por cualquier otra plataforma como Facebook, Instagram etc.(de ser posible incluir el enlace a la publicación en el contenido del correo electrónico.

Estás denuncias, y en el caso en que aplique, acuerdos, serán tramitadas de manera directa al Consejo Superior del Ministerio Público a los fines de solicitar, primero por la vía administrativa y de ser necesario por la vía judicial, que en los casos dónde proceda, sean procesadas dichas denuncias y en los casos en que existieran vicios legales, anular dichos acuerdos y procesar las denuncias objeto de los mismos.

Acerca de Ciudadanosc3

Somos una organización sin fines de lucro, con el fin primario de cumplir con el deber dispuesto en el numeral 12 del Artículo 75 de la Constitución de la República Dominicana de "Velar por el fortalecimiento y la calidad de la democracia, el respeto del patrimonio público y el ejercicio transparente de la función pública".

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